¿Qué impuestos se pagan en Aragón por la donación de una vivienda?Si se toma la decisión de ceder un inmueble hay que tener en cuenta los tributos que habrá que presentar. Contenido exclusivo
ACTUALIZADA 23/2/2024 A LAS 09:52 El impuesto de Sucesiones y Donaciones es un tributo que recaudan las comunidades autónomas. Con él se grava la entrega gratuita de bienes y las herencias, con diferencias dependiendo de cada región. Aragón recaudó 111,6 millones de euros, frente a los 170,4 del año anterior, por dicha vía en 2023, según los últimos datos provisionales del Gobierno regional. Sin embargo, no es el único gravamen que tienen que soportar quienes decidan tomar la decisión de donar un inmueble. La lista se completa con otros dos tributos, uno municipal y otro que se reparte entre el estado y las comunidades autónomas. Desde el Colegio de Gestores Administrativos de Aragón, Igor Ipas y David Sánchez, miembros del área de Formación de la citada organización detallan los impuestos que recaen en la donación de un inmueble situado en Aragón son los siguientes: 1. Plusvalía municipal en las donaciones de pisos en AragónEl Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de naturaleza Urbana (IIVTNU), más conocido como plusvalía municipal, es un tributo directo que se encargan de recaudar los ayuntamientos. Grava el incremento de valor que experimenten los terrenos urbanos. Este se pone de manifiesto a través de la transmisión de la propiedad de los terrenos por cualquier título, ya sea éste oneroso (compraventa) o lucrativo (como por ejemplo donaciones, herencias), indica Ipas. En este último caso, el pago de la plusvalía municipal corresponde a quien recibe dicha donación y es quien debe asumir el pago de la plusvalía municipal. 2. Las donaciones en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)El pago de IRPF recae, en este caso, sobre quien realiza la donación, y deberá declararlo en la renta, recuerdan ambos gestores administrativos, salvo que se trate de la vivienda habitual y tenga más de 65 años. En este último caso, el contribuyente está exento de declarar la plusvalía en el Impuesto de la Renta. La posible ganancia que se derive de la donación debe incorporarse a la base imponible del ahorro. 3. El Impuesto de Sucesiones y Donaciones cuando se dona una vivienda en AragónEstán obligados a presentar el impuesto de Donaciones quienes reciban un bien inmueble situado en Aragón o cualquier otro bien (por ejemplo: un vehículo, una obra de arte, dinero, etc) y el donatario, quien recibe la donación, tiene su residencia habitual en Aragón. Quien debe pagar el impuesto es quien recibe el inmueble. En caso de la donación de un inmueble, el impuesto se pagará en la comunidad autónoma donde se encuentre situada la vivienda y se aplicará, por tanto, su normativa, señala Ipas. Los donantes tienen ventajas fiscales, como recuerda Sánchez. En Aragón se aplica una reducción de hasta 300.000 euros cuando la donación, sea en dinero o de un bien inmueble, se destine a la compra o utilización como primera vivienda y que sea la habitual de quien recibe la donación (donatario). Esta ventaja fiscal solo se aplica si el patrimonio preexistente del hijo que recibe el piso "no supera los 100.000 euros", señala desde el citado colegio profesional. Además, también se incluyen los casos en los que se dona dinero y este se destina a la compra de vivienda habitual. Para ser considerada así se tiene que residir en ella al menos cinco años. A partir de 2024 la normativa aragonesa incluye una modificación que aumenta la bonificación en la cuota a favor del cónyuge ascendientes o descendientes. "Esta ha pasado del 65% al 99% si el valor de la vivienda es inferior a 500.000 euros", apunta. "Antes solo era a favor de cónyuges e hijos", apunta, sobre lo que considera "un cambio significativo". El valor del piso será el de referencia catastral. "Lo determina el catastro a partir de las escrituras que se otorgan ante notario", indican. Hace dos años fue actualizado, provocando algunas subidas de impuestos en la práctica. Desde el propio Gobierno de Aragón recuerdan que "es muy importante presentar la autoliquidación en el plazo establecido porque si se presenta fuera de fecha se pierde el derecho a aplicar las reducciones y habría que pagar por toda la donación recibida. En el caso de las donaciones se fija un periodo de un mes, según recuerda el Ejecutivo. Este se empieza a contar desde el día siguiente a la fecha del devengo, es decir, desde el día en que se realice o celebre el acto o contrato. |
Multas de Hacienda de hasta 100.000 euros para los dueños que vendan viviendas demasiado baratasLa Agencia Tributaria puede sancionar con hasta 100.000 euros y penas de cárcel a los dueños de propiedades que las vendan por debajo de estos porcentajes de su valor de mercado. La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) en España supervisa todas las transaccionesde dinero y algunas de las que más euros mueven son la compraventa de viviendas. Lo normal es que los propietarios quieran sacar el máximo de beneficiode una venta y, esto es lo normal, ya que tal y como explica el portal de vivienda Idealista: "los precios han subido en el conjunto del país y no solo en el mercado de compraventa, sino también en el de alquiler". Pero, hay casos en los que no es así y los precios no son altos. Nos referimos a cuando un propietarioquiere donar su vivienda a un familiary se la vende a un precio simbólico para que no parezca una donación y, así, evitarse pagar el impuesto sobre donaciones. Pero, tal y comoinforma Hacienda, esto es un fraude que conlleva multas e, incluso, cárcel. Y es que, para Hacienda, el precio de venta sí que importa y no puede estar muy por debajo de su valor del mercado. De lo contrario, puede investigar la operación en busca de delito, por el que propietario puede enfrentarse a sanciones muy elevadas (más de lo que tendría que pagar por el impuesto sobre donaciones). Multas de Hacienda por vender una casa demasiado barataEn España, la compraventa de viviendas está vigilada por Hacienda y si alguna se considera sospecho de un delito de blanqueo de capitales o de fraude fiscal paraevitar el impuesto sobre donaciones, se pone en el punto de mira. Elportal inmobiliario Idealista explica que las sanciones de la Agencia Tributaria varíanen función de qué porcentaje del precio del inmueble sea menor al valor del mercado, esto quiere decir que:
Para entender los porcentajes, el portal 'Noticias de Trabajo' explica un ejemplo. Imagina que un propietario tiene una vivienda con un valor de mercado de 150.000 euros y la vende por 7.500 o 15.000 euros, entonces, se pagarían multas de entre 1.000 y 10.000 euros. Sin embargo,si la vende por menos de 7.500 se aplicarían las infracciones graves. |
¿Pueden los herederos de un fallecido usar la vivienda que vendió en nuda propiedad?A la hora de heredar una casa, no es lo mismo ser el nudo propietario que el usufructuario. Cuando una persona fallece y deja un bien inmueble, este mismo puede ser transmitido a sus herederos. En este caso, la herencia se divide en dos partes: la nuda propiedad y el usufructo. La nuda propiedad es la parte de la herencia que corresponde a los herederos, mientras que el otro término corresponde al cónyuge o a los hijos del difunto. Por lo tanto, los derechos y deberes de uno u otro siempre son distintos, aspecto importante a tener en cuenta. La nuda propiedad no podrá sacar rentabilidad a la vivienda mientras el usufructuario se encuentre en ella(a no ser que se llegue a un acuerdo entre las dos partes). Algunas de sus responsabilidades pasan por pagar las contribuciones especiales de la vivienda -a excepción del IBI-; abonar la hipoteca, si es que existe; pagar los gastos comunitarios; ocuparse de las reparaciones especiales requeridas por la vivienda; o responder ante el usufructuario en caso de situaciones de embargo o venta judicial de la propiedad. Por su parte,el usufructo es el derecho que tiene una persona a disfrutar un bien.Es decir, sin llegar a ser la propietaria de un piso, sí puede utilizarlo. Sin embargo, esta persona no podrá vender el bien (porque no le pertenece), pero sí podrá obtener rentabilidad de él, mediante arrendamiento, por ejemplo. El mantenimiento y conservación de la vivienda, el pago de las contribuciones anuales ordinarias y los costes derivados de litigios relacionados con el usufructo, así como realizar las reparaciones ordinarias necesarias en la casa son algunas de sus responsabilidades. ¿Podría el heredero hacer uso de la vivienda de nuda propiedad?Una situación que puede llegar a darse es la de que la persona fallecida haya vendido su piso a través de nuda propiedad y uno de los herederos quiera usarlo. No obstante, la respuesta es clara:el heredero no puede utilizarlo. Si el comprador adquiere la nuda propiedad de la vivienda, aunque el usufructuario mantenga el uso sobre el inmueble, en el momento de su muerte,el nudo propietario es el que adquiere el pleno dominio sobre la vivienda, por lo que los herederos no tendrían derecho alguno sobre el inmueble. Este término, el pleno dominio, implica tener el total control sobre un activo. Esto supone tener los derechos legales y el disfrute total del piso. De esta manera,un heredero que recibe un bien bajo estas condiciones se convierte en su dueño y gestor, con la autoridad para tomar decisiones sobre su uso. Esto permite al propietario arrendar el bien para generar ingresos, venderlo para aprovechar su valor de mercado, habitarlo o incluso dejarlo vacío. |
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